Retención IRPF en facturas de autónomos: ¿7 % o 15 %?

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Si eres autónomo y facturas a otras empresas o profesionales, es muy probable que tengas que aplicar una retención de IRPF en tus facturas. El problema es que no siempre está claro qué porcentaje toca: la mayoría aplica un 15 %, pero muchos recién dados de alta tienen derecho a un 7 % reducido, y no siempre lo saben o lo aplican bien.

Vamos a aclarar cuándo corresponde cada tipo, cómo se calcula y qué errores conviene evitar, con las cifras vigentes en 2026.

¿Qué es la retención de IRPF en una factura?

La retención de IRPF es un pago a cuenta de tu declaración de la renta. Cuando facturas a una empresa o a otro profesional, esa empresa te “adelanta” a Hacienda una parte de lo que previsiblemente pagarás por IRPF, y te paga a ti el resto. Tú sigues facturando el importe íntegro (base + IVA), pero el cliente solo te ingresa el neto tras restar la retención.

Es importante tener claro que la retención no es un impuesto adicional: es dinero tuyo que Hacienda recibe por adelantado y que luego se descuenta de la cuota que te toque pagar en la Renta (y, si eres autónomo en estimación directa, también en tus pagos fraccionados del modelo 130).

Esta obligación solo aplica a facturas entre profesionales o empresas (B2B). Si facturas a un particular, no se aplica retención.

¿Cuándo se aplica el 15 % y cuándo el 7 %?

SituaciónTipo de retenciónRequisito principal
Autónomo o profesional ya en activo15 %Caso general, sin condiciones adicionales
Nuevo autónomo (año de alta + 2 siguientes)7 %No haber ejercido actividad profesional en el año anterior al alta
Determinadas actividades profesionales de bajos ingresos (p. ej. agentes de seguros o comerciales)7 %Ingresos brutos del ejercicio anterior inferiores a 15.000 € y que representen más del 75 % del total de sus rendimientos

El tipo general del 15 % es el que se aplica por defecto a cualquier profesional autónomo (abogados, consultores, diseñadores, formadores, etc.) que factura a una empresa u otro profesional.

Requisitos para aplicar el 7 % de nuevo autónomo

Este tipo reducido está pensado para dar algo más de liquidez a quien empieza. Para poder aplicarlo necesitas cumplir todas estas condiciones:

Pasado ese plazo, aunque sigas siendo “nuevo” a efectos de otros trámites, tendrás que facturar con el 15 % general.

Cómo se calcula la retención: un ejemplo

Imagina que emites una factura de 1.000 € de base imponible, con IVA general del 21 %. Así queda el cálculo con cada tipo de retención:

ConceptoCon retención 15 %Con retención 7 %
Base imponible1.000,00 €1.000,00 €
IVA (21 %)210,00 €210,00 €
Retención IRPF−150,00 €−70,00 €
Total a cobrar del cliente1.060,00 €1.140,00 €

En ambos casos facturas los mismos 1.000 € de base y repercutes el mismo IVA (calculado igual que en el modelo 303 trimestral): lo único que cambia es cuánto te ingresa el cliente ahora y cuánto queda “aparcado” en Hacienda como pago a cuenta de tu IRPF. Con el 7 %, cobras 80 € más por esa factura, aunque a final de año el impuesto que realmente debes no cambia.

¿Quién declara la retención y dónde se ve reflejada?

Puedes calcular rápidamente cuánto se retiene y cuánto cobrarás neto con nuestra calculadora de retención de IRPF, que aplica directamente estos porcentajes sobre tu base imponible.

Errores frecuentes con la retención en factura

Preguntas frecuentes

¿La retención del 7 % supone pagar menos IRPF en total? No. Solo adelantas menos dinero a Hacienda en el momento de facturar; el impuesto final que debes por tu actividad no cambia, y se ajusta en la Renta y en el modelo 130.

¿Debo aplicar retención si facturo a un particular? No. La retención en factura solo se practica en operaciones entre profesionales o empresas. Si tu cliente es un consumidor final, tu factura no lleva retención.

¿Qué pasa si me equivoco de porcentaje en una factura ya emitida? Debes emitir una factura rectificativa con el tipo correcto. Si el error ha supuesto un ingreso de menos a Hacienda por parte de tu cliente, puede generar requerimientos posteriores, así que conviene corregirlo cuanto antes.

¿Se aplica retención en facturas exentas de IVA? La retención de IRPF es independiente del IVA: si tu actividad está exenta de IVA pero es una actividad profesional, la retención se sigue aplicando sobre la base imponible.

Cómo lo gestiona VERIX

Emitir facturas con el tipo de retención correcto —y no perder de vista si te queda algún trimestre de tarifa reducida— es fácil de descuadrar si lo llevas a mano. En VERIX, cada factura calcula automáticamente la retención aplicable, la acumula junto con el resto de tus ingresos y gastos, y prepara los datos para tu modelo 130 sin que tengas que cuadrar nada por tu cuenta.

Si quieres ver cuánto cobrarías neto de una factura con cada tipo de retención, prueba la calculadora de retención de IRPF. Y si quieres llevar toda tu facturación y fiscalidad en un solo sitio, prueba VERIX gratis.


Este artículo tiene carácter informativo y orientativo. Los porcentajes y requisitos descritos corresponden a la normativa de IRPF vigente en 2026; tu situación concreta puede variar según tu actividad y circunstancias personales, y este contenido no constituye asesoramiento fiscal.

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