En 2026 la cuota de autónomos se calcula sobre tus rendimientos netos reales: cuanto más ganas, más cotizas. Ya no existe la cuota fija que cada uno elegía a su gusto. El sistema de RETA por tramos, que arrancó en 2023, sigue plenamente vigente este año.
Vamos con la tabla completa, cómo se llega a esa cifra, qué es exactamente el “rendimiento neto” que decide tu tramo, y por qué la cuota que pagas este año no es necesariamente la definitiva.
Cómo se calcula la cuota: base × 31,5 %
La cuota mensual es tu base de cotización multiplicada por el tipo. Y aquí está el error más repetido: mucha gente aplica solo el 28,30 % de contingencias comunes, o el 29,20 % de contingencias comunes más el MEI. El recibo de la TGSS carga cinco conceptos, no dos.
| Concepto | Tipo | ¿Obligatorio? |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 28,30 % | Sí |
| Contingencias profesionales (AT y EP) | 1,30 % | Sí, desde 2023 |
| Cese de actividad | 0,90 % | Sí, desde 2023 |
| Formación profesional | 0,10 % | Sí, desde 2023 |
| Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) | 0,90 % | Sí |
| Total | 31,50 % |
Antes de la reforma, las coberturas por accidente de trabajo, cese de actividad y formación eran opcionales para la mayoría de autónomos. Desde 2023 son obligatorias para todos, y por eso el tipo que aplica a tu base es el 31,50 % completo. Si has calculado tu cuota con un 29,20 %, te estás quedando corto en unos 25 € al mes de media: entre 180 y 420 € al año según tu tramo.
Tabla de tramos y cuotas 2026
Estos son los 12 tramos vigentes. La columna destacada es lo que pagas si cotizas por la base mínima de tu tramo, que es lo que hace la mayoría:
| Tramo | Rendimiento neto mensual | Base mínima | Cuota mínima | Base máxima | Cuota máxima |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Hasta 670 € | 653,59 € | 205,88 € | 718,94 € | 226,47 € |
| 2 | 670 – 900 € | 718,95 € | 226,47 € | 900,00 € | 283,50 € |
| 3 | 900 – 1.166,70 € | 872,55 € | 274,85 € | 1.166,70 € | 367,51 € |
| 4 | 1.166,70 – 1.300 € | 950,98 € | 299,56 € | 1.300,00 € | 409,50 € |
| 5 | 1.300 – 1.500 € | 960,78 € | 302,65 € | 1.500,00 € | 472,50 € |
| 6 | 1.500 – 1.700 € | 960,78 € | 302,65 € | 1.700,00 € | 535,50 € |
| 7 | 1.700 – 1.850 € | 1.143,79 € | 360,29 € | 1.850,00 € | 582,75 € |
| 8 | 1.850 – 2.030 € | 1.209,15 € | 380,88 € | 2.030,00 € | 639,45 € |
| 9 | 2.030 – 2.330 € | 1.274,51 € | 401,47 € | 2.330,00 € | 733,95 € |
| 10 | 2.330 – 2.760 € | 1.356,21 € | 427,21 € | 2.760,00 € | 869,40 € |
| 11 | 2.760 – 3.190 € | 1.437,91 € | 452,94 € | 5.101,20 € | 1.606,88 € |
| 12 | Más de 3.190 € | 1.519,61 € | 478,68 € | 5.101,20 € | 1.606,88 € |
Los tramos 5 y 6 comparten base mínima: cotizan igual aunque el rendimiento sea distinto. No es una errata de la tabla, es cómo está redactada la norma.
Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre el mínimo y el máximo. Subir la base sube la cuota, pero también la base reguladora de tu futura pensión y de cualquier prestación por baja. Es la única palanca voluntaria que tienes en todo el sistema.
Qué es el “rendimiento neto” que decide tu tramo
No es tu facturación. Ni siquiera es tu beneficio contable. Se calcula así:
- Ingresos de la actividad.
- Menos los gastos deducibles de esa actividad.
- Menos una deducción adicional del 7 % por gastos de difícil justificación — 3 % si eres autónomo societario.
El resultado, dividido entre 12, es el rendimiento neto mensual que te sitúa en un tramo.
Ese 7 % importa más de lo que parece. Con 30.000 € de ingresos y 10.000 € de gastos, el rendimiento no son 20.000 € sino 18.600 €: 1.550 € al mes en vez de 1.666 €. Cambias del tramo 6 al 5 y pagas lo mismo (comparten base), pero en otros escalones ese detalle sí mueve la cuota.
La tarifa plana de 80 €
Si te das de alta como autónomo por primera vez —o no lo has sido en los dos años anteriores— pagas una tarifa plana de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, independientemente de lo que ingreses.
Se puede prorrogar otros 12 meses más si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional en ese periodo. La prórroga no es automática: hay que solicitarla.
Dos matices que suelen pillar por sorpresa:
- La tarifa plana no incluye el MEI, que se cobra aparte.
- Si tienes un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o eres víctima de violencia de género o de terrorismo, el periodo bonificado se extiende y las condiciones son más favorables.
Un ejemplo, paso a paso
Una diseñadora factura 42.000 € al año y tiene 12.000 € de gastos deducibles.
Ingresos 42.000 €
– Gastos deducibles −12.000 €
= Rendimiento previo 30.000 €
– Deducción 7 % −2.100 €
= Rendimiento neto anual 27.900 €
÷ 12 = 2.325 €/mes → tramo 9
En el tramo 9 la base mínima es 1.274,51 €. Su cuota:
1.274,51 € × 31,5 % = 401,47 € al mes · 4.817,64 € al año
Si hubiera aplicado el 29,20 %, le habría salido 372,16 €: 29,31 € menos al mes, 351,76 € menos al año. Ese es exactamente el dinero que no habría presupuestado.
Regularización: la cuota de este año no es la definitiva
Durante el año cotizas por la base que elijas según tu previsión de ingresos. Puedes cambiar esa previsión hasta seis veces al año, en los plazos que marca la Seguridad Social.
Al año siguiente, cuando la Agencia Tributaria comunica tus rendimientos reales a la Seguridad Social, llega la regularización:
- Si cotizaste por debajo del tramo que te correspondía, pagas la diferencia.
- Si cotizaste por encima, te la devuelven de oficio.
Por eso conviene revisar la previsión cada vez que cambie tu actividad de verdad —no cada mes, pero sí cuando pierdes o ganas un cliente grande—. Ajustar a tiempo evita tanto el susto de la liquidación como prestarle dinero a la Seguridad Social sin intereses durante un año.
Errores que salen caros
- Aplicar el 29,20 % en vez del 31,50 %. El más común, y el motivo de este artículo.
- Confundir facturación con rendimiento neto. El tramo lo marca lo que ganas, no lo que ingresas.
- Olvidar el 7 % de deducción adicional. Es automático en el cálculo del rendimiento, pero mucha gente no lo aplica y se coloca en un tramo más alto del que le toca.
- No actualizar la previsión al cambiar de volumen. La regularización llega igual, solo que un año después y de golpe.
- Dar por hecha la prórroga de la tarifa plana. Hay que pedirla.
Cifras calculadas con las bases y tipos de RETA vigentes en 2026 (Orden de cotización 2026), las mismas que usa la calculadora de cuota de autónomos de VERIX. No constituyen asesoramiento fiscal: tu cuota concreta depende de tu situación y de las bonificaciones que te apliquen.